Criterios para la selección de usuarios.
Para la selección por concurrencia competitiva de las explotaciones que puedan recibir estos servicios de asesoramiento, se seguirán los siguientes criterios, pudiendo obtener cada usuario una puntuación máxima de 100 puntos:
a. Agricultor dado de alta en el régimen especial de los trabajadores autónomos (RETA) por su actividad agraria propia o autónomos o en el sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios (SETA). En el caso de que el titular sea una persona jurídica estos requisitos deberán ser cumplidos por el 50% de sus socios. 20 puntos.
b. Explotación calificada como prioritaria, según Ley 19/1995, de 18 de julio, de modernización de explotaciones agrarias y/o se trate de una explotación agraria de titularidad compartida de acuerdo con la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias a la que se preste asesoramiento en materia de agraria: 20 puntos.
c. Titulares con explotaciones ubicadas en parte o en su totalidad en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario o zonas de montaña o como zonas con limitaciones naturales o zonas de la Red Natura 2000. 20 puntos.
d. Joven agricultor, ganadero o titular forestal: 10 puntos.
Se considerará joven a todo agricultor, ganadero o titular forestal con una edad menor a 41 años a fecha en la que finalice el plazo para presentar la solicitud indicada en la presente orden.
e. Mujer titular de explotación agraria, forestal o titular de Pyme del ámbito rural: 10 puntos.
f. Agricultor inscrito en el Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia: 10 puntos.
g.- Explotaciones ganaderas integradas en una Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera: 5 puntos.
h.- Agricultor que tenga amparada su producción en una Denominación de Origen o en una Indicación Geográfica Protegida cuyos consejos reguladores tenga la sede en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: 5 puntos
Sólo se podrá prestar asesoramiento a aquellos usuarios que hayan alcanzado una puntuación mínima de 20 puntos.En caso de que varias solicitudes obtengan la misma puntuación, se priorizará aquella solicitud que haya obtenido mayor puntuación en el criterio «a». Si dichas solicitudes tienen la misma puntuación en el criterio «a» se procederá a priorizar aquella solicitud que mayor puntuación haya obtenido en alguno de los restantes criterios comenzando por el «b» y acabando por el «h», hasta que se produzca el desempate.
En caso de mantenerse el empate se accederá al servicio por orden de entrada a la solicitud.